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Poder Judicial

Sería útil 'ventana legal' para prisión preventiva por delitos que más afecten al Estado: STJ

Arturo ROSAS

05 de julio, 2017

El Presidente del Poder Judicial en Tamaulipas Horacio Ortiz Renan, consideró que los Diputados Federales deben abrir una 'ventana legal' que permita incluir la aplicación de la prisión preventiva oficiosa que más afecte a cada Estado y en particular a esta entidad. Dijo que para ello, sería necesario reformar el artículo 19 Constitucional para abrir 'una ventana a los Estados y se incluyan los delitos con prisión preventiva oficiosa de acuerdo a la región'.

La postura del Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, se da en el marco de una crítica nacional contra el nuevo Sistema de Justicia Penal acusatorio que está vigente. Una nueva reforma, considera el Presidente Magistrado, permitirá a un Estado como Tamaulipas que “está siendo castigado por una incidencia grande de un delito” que lo puedan incluir en ese catálogo y que los presuntos delincuentes lo enfrenten en prisión, pero que se dé, una adecuación por Región”.

Una de las principales quejas de organizaciones civiles y relacionadas con el sistema de justicia, es que los sujetos detenidos pueden quedar en libertad en poco tiempo ante la fragilidad jurídica en la integración de la averiguación que hace un Ministerio Público.

Como consecuencia, los jueces están dejando en libertad a los presuntos delincuentes en 16 días, cuando anteriormente en el sistema antiguo, tardaban hasta un año para quedar en libertad en caso de no encontrarse elementos.

“Siento que el Legislador Federal que, fue él quien confeccionó y aprobó el Código de Procedimientos Penales que rigen este tipo de juicios, siento que si merecen una revisión”.

Horacio Ortiz Renan, admitió que la posición actual del Sistema de Justicia Penal Acusatorio, permitió al Estado buscar una medida legal que, permitiera desde la Reforma al Código Penal del Estado de Tamaulipas, considerar un catálogo de delitos que permitieran la prisión oficiosa ante las condiciones de inseguridad que vive el Estado.

Reconoció que tanto el Estado como el Poder Legislativo, “tomaron el toro por los cuernos” para incluir delitos que clasificaron como “graves” entre ellos el Halconeo, la utilización de poncha llanta que salían bajo fianza, -según el código nacional- ahora se declara la prisión oficiosa.

Esos delitos se ubican como “Atentados a la seguridad de la comunidad”, pero en el catalogo del estado también se encuentra la Tortura, Peculado, Robo, Extorsión.

“Hoy deberán ampliarse a todos los Estados, porque puede ser que, en Estados ganaderos donde el abigeato es el delito mayor, permitirle a ese Estado incluirlo en el catálogo para la prisión oficiosa”.

Reconoció que en la Ley, existe un catálogo de delitos muy corto pero fue una disposición federal que está en la Ley y con eso los jugadores están trabajando. Hay un catálogo con 9 delitos.

Lo que antes era un catálogo grande de delitos, y que no se podía enfrentar el juicio en libertad, hora se redujo a nueve, “únicamente estamos aplicando la Ley”.

El Presidente Magistrado, lamentó que una semana antes de entrar en vigor en Tamaulipas, el nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio -el 18 de junio 2016-, los foros de litigantes, Ministerios Públicos, Agentes Ministeriales y de Investigación entre otros, aceleraron el proceso de aprendizaje.

Cuando en Estados como Chihuahua el nuevo sistema de Justicia Penal entró en operaciones en el 2009 y posteriormente lo hizo Nuevo León en el 2010.

“En Tamaulipas se llegó tarde, llegó en junio, una semana antes del vencimiento. Es un sistema que recién conoce el foro de litigantes, los defensores, los Ministerios Públicos y juzgadores, los que más han estado aplicando, ahora, sí se aplicó mal o no, no tengo ese dato, pero se que sí hubo recursos para la construcción de salas”.

El 22 de mayo, la CNDH interpuso un recurso de inconstitucionalidad por la reforma penal que se publicó el 21 de abril en donde se declaran delitos para prisión oficiosa.

El recurso va contra el artículo 22 donde se permite otorgar la prisión preventiva oficiosa bajo supuestos que la ley federal no permite y la CNDH considera una grave violación a los Derechos Humanos.

Se explica que el artículo 22 del Código Penal para el Estado de Tamaulipas, establece una regla de procedencia de la “prisión preventiva oficiosa”, distinta a la prevista en el artículo 19 de la Constitución Federal, lo cual, se traduce en una violación a los derechos humanos a la libertad personal, libertad de tránsito, debido proceso y seguridad jurídica, así como al principio de excepcionalidad de la prisión preventiva.

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