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Se mantendrán 8 ciudades en la fase de alto riesgo

REDACCIÓN

02 de July, 2020

Derivado del análisis realizado por el Comité Estatal de Seguridad en Salud sobre el número de casos diarios por COVID-19 en los municipios de Reynosa, Matamoros, Nuevo Laredo, Tampico, Madero, Altamira, Río Bravo y Ciudad Victoria, a partir de esta semana serán reforzadas las acciones encaminadas a frenar la velocidad de contagio por el coronavirus.

Estas medidas forman parte de un acuerdo gubernamental publicado en el Periódico Oficial del Estado este martes 30 de junio y entran en vigor a partir de su publicación. 

Entre las medidas a realizar se encuentran el cierre de establecimientos comerciales considerados como esenciales, entre los que destacan las tiendas de autoservicio y de conveniencia, comercio en general, puestos fijos y semifijos, durante los días sábado y domingo, por tiempo indefinido.

Las actividades de hospedaje, restaurantes y, servicios de bajo riesgo se mantendrán operando con una capacidad del cincuenta por ciento, veinticinco por ciento y treinta y cinco por ciento respectivamente.

Será suspendido el transporte público en los municipios referidos los días sábados y domingos; en los días en que se preste el servicio de manera regular deberán circular, máximo con un 50% (cincuenta por ciento) de su capacidad. Dicha medida aplicará de igual forma a los autobuses de pasajeros.

Continuará observándose el programa "Doble No Circula" para vehículos nacionales y extranjeros según el día que corresponda a la terminación de la placa, con excepción de situaciones de urgencia, vehículos oficiales o de dependencias gubernamentales, el transporte de productos agrícolas, pesqueros, pecuarios o agroindustriales, así como para el transporte y circulación del personal médico y sanitario debidamente acreditados.

El lunes no circulan los vehículos con placas cuyo último dígito visible termine en 0 y 1, el martes en 2 y 3, el miércoles en 4 y 5, el jueves las terminadas en 6 y 7, el viernes en 8 y 9. 

En todos los lugares, recintos y establecimientos, públicos o privados, se deberán observar, en todo momento y de manera obligatoria el lavado frecuente de manos, uso de cubrebocas o mascarilla, estornudo o tos de etiqueta (en el ángulo interno del codo), evitar el saludo de mano y/o beso y mantener una sana distancia. 

El decreto instruye a la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado a efecto de que suscriba Convenio de Colaboración correspondiente con las direcciones municipales de tránsito, a efecto de que actúen como autoridades auxiliadoras en la aplicación de las multas por la inobservancia de las medidas de seguridad sanitarias y viales establecidas en el presente Acuerdo.

El Comité Estatal de Seguridad en Salud evaluará de manera permanente las fases descritas en el Acuerdo publicado originalmente el 30 de mayo y será́ quien determine el avance de una fase a otra, permanecer en la misma y/o regresar a fases anteriores.

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