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Reelección de Magistrados podría ser indefinida pero... sin 'Haber de Retiro'...

Arturo ROSAS

24 de mayo, 2025

En la nueva Ley orgánica del Poder Judicial del Estado, se establece que los magistrados podrán reelegirse indefinidamente en su cargo, el cual durará 9 años, pero en contraparte, tienen eliminado su “haber de retiro”, una pensión que es equivalente a su salario completo al momento de terminar su periodo.

Dentro de esta misma Ley orgánica, aprobada en el pleno del Congreso este viernes, los diputados confirmaron un periodo de 5 años para quien ocupe la Presidencia del Poder Judicial. Actualmente los Magistrados Presidentes, tienen un periodo de seis años con posibilidades de ser reelectos un periodo más, pero los últimos cuatro magistrados han dejado inconclusas sus Presidencias. Se deja firme que todos los jueces y magistrados serán electos por voto popular. Así como el Tribunal de Disciplina Judicial que tendrá su autonomía y Presidente. El tribunal estará integrado por cinco magistrados electos por voto popular para controlar y sancionar la conducta de los jueces y magistrados.

El Órgano de Administración Judicial, será responsable de definir la organización territorial y el desarrollo de la carrera judicial.

La nueva ley mantiene la prohibición de que los magistrados salientes puedan ejercer como representantes, patronos o abogados por los siguientes dos años a la terminación de su mandato.

La nueva ley entrará en vigor el 1 de octubre, cuando asuman funciones los nuevos magistrados electos por voto ciudadano, marcando el inicio de una nueva etapa en el Poder Judicial de Tamaulipas. 

El diputado Isidro Jesús Vargas Fernández destacó que el nuevo ordenamiento legal, está conformado por 302 artículos, distribuidos en 12 títulos, transforma integralmente la estructura y el funcionamiento del Poder Judicial estatal.

Se establece que las magistradas, los magistrados, juezas y jueces serán electos mediante el voto popular, desempeñando sus funciones por un periodo de nueve años, con posibilidad de reelección.

Asimismo, se introdujeron disposiciones que regulan con mayor precisión la suplencia de magistradas y magistrados, el proceso electoral de juezas y jueces de primera instancia y jueces menores, además de la eliminación de contenido redundante para garantizar la coherencia normativa con el marco constitucional vigente.

En los artículos transitorios del decreto se establece que la nueva ley entrará en vigor el 1º de octubre de 2025 y, a partir de esa fecha, quedará abrogada la Ley Orgánica del Poder Judicial expedida en el año 2000. Hasta entonces, continuará vigente el ordenamiento actual, garantizando así una transición ordenada, con seguridad jurídica.

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