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Hay que precisar Amnistía para abatir Impunidad: J Reyna

REDACCIÓN

27 de mayo, 2014

Para evitar impunidad de los delitos de la competencia de los Tribunales locales, los Diputados  del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, demandaron  precisar  a través de una iniciativa con proyecto de decreto, aquellos ilícitos que alcanzan amnistía y que se refieren sólo a aquellos de carácter político.

Para ello, el Diputado Juan Martín Reyna, en representación del GPPAN, propuso la reforma a la fracción XX del artículo 58 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas.

Mencionó que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone como facultades del Congreso, entre otras, conceder amnistía por delitos cuyo conocimiento pertenezca a los tribunales de la Federación.

“Potestad que a su vez consagra el artículo 58 fracción XX de la Constitución local, por delitos cuyo conocimiento corresponde exclusivamente a los Tribunales del Estado”, refirió el legislador de la LXII Legislatura.

Dijo el término amnistía es definido por el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española como el "...olvido legal de delitos, que extingue la responsabilidad de sus autores..."

Aclaró la amnistía es un acto jurídico normalmente emanado del poder legislativo, respecto de una pluralidad de individuos declarados culpables de uno o varios delitos, que pasan a considerarse inocentes por desaparición de los efectos delictivos.

Y se refiere a aquellos que hayan incurrido en los ilícitos de sedición, o por haber invitado, instigado o incitado a la rebelión, o por conspiración u otros delitos cometidos como parte de grupos e impulsados por móviles políticos con el propósito de alterar la vida institucional del Estado.

“La amnistía supone un nuevo juicio de valor sobre la conveniencia de prohibir o sancionar una conducta; por ello, generalmente, la amnistía se inicia con un escrito o promoción, dirigido a la asamblea legislativa, haciendo constar las razones y fundamentos legales que estime conveniente y, el órgano legislativo, previo dictamen, resolverá si concede o niega tal petición”, aclaró al Pleno.

Esta razón expuso como necesaria para delimitar el otorgamiento de la amnistía a determinados delitos.

Dijo algunas Constituciones locales como la de Baja California, Colima, Nuevo León y Sinaloa, ya lo señalan en forma específica.

“El poder legislativo por definición, es el poder que hace las leyes, facultad que implica la posibilidad de regular, en nombre del pueblo, los derechos y las obligaciones de sus habitantes en consonancia con las disposiciones constitucionales... por lo expuesto, los integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Nacional consideramos necesario precisar en la Constitución Local, los delitos de la competencia de los Tribunales del Estado, respecto de los cuales, se concederá la amnistía”, dijo.

Reiteró se busca evitar impunidad de los ilícitos de la competencia de los Tribunales locales.

La mesa directiva turnó la propuesta a Comisiones para su análisis y posterior dictamen.

El GPPAN está integrado por los Diputados Laura Teresa Zárate Quezada, Belén Rosales Puente, Patricia Guillermina Rivera Velázquez, José Salvador Rosas Quintanilla, Oscar Enrique Rivas Cuéllar, Juan Patiño Cruz, Álvaro Humberto Barrientos Barrón, Francisco Elizondo Salazar, Francisco Javier Garza De Coss y Juan Martín Reyna.

 

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