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Endurece Congreso acciones jurídicas contra quienes utilicen vehículos ilegales en Transporte

Angel NAKAMURA

19 de febrero, 2012

Por 30 votos a favor y uno en contra, el Congreso del Estado aprobó en su más reciente Sesión-multas de hasta 29 mil 540 pesos (500 días de salario mínimo vigente en Ciudad Victoria) para toda persona que utilice vehículos robados en la prestación del servicio de transporte público o parte de los mismos para efectuar reparaciones o adaptaciones.

Así también por utilizar vehículos ilegalmente introducidos en el país en la prestación de esta acción, y por permitir a sabiendas o utilizar el vehículo, los bienes, servicio o equipamiento auxiliares para comisión de delitos, así como también cuando se haga uso de placas o documentación apócrifa.

También se impondrá una condena de uno a cinco años de prisión, multa de hasta ocho mil 862 pesos, y suspensión por un año de la licencia de conducir a quien por si o por interpósita persona, preste el servicio público de transporte de pasajeros, individual o colectivo, sin concesión, permiso o autorización.

Y es que la Sexagésima Primera Legislatura Local, avaló tipificar como delito la conducta de quién, por sí o por interpósita persona, preste el servicio público de transporte de pasajeros, individual o colectivo, sin concesión, permiso o autorización, es decir, transporte pirata.

Esto, durante la sesión del Congreso de hoy, como un paquete de reformas de la Ley de Transportes del Estado del Código Penal que envió el Ejecutivo del Estado, en la sesión del Congreso de hoy.

Víctor Adolfo Jiménez García, diputado local del PRI, dio lectura al documento, donde se establece que las unidades de transporte que se encuentren prestando el servicio público de transporte de manera ilegal o bien se usen para cometer un delito, serán impedidas de circular y remitidas a los depósitos de guarda y custodia de vehículos infraccionados.

Comentó “al operar en la clandestinidad dichos vehículos, carecen de razón social que los identifique y propician un entorno de impunidad, la cual tiende a rebasar a las autoridades administrativas encargadas de inspeccionar y verificar al transporte público concesionado”.

Es así que se aprobó dotar de atribuciones a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, a fin de que pueda llevar a cabo acciones de inspección y vigilancia para la prevención de delitos.

En cualquier momento, podrán realizar acciones y operativos de inspección y vigilancia para la prevención  de los delitos, ya sea en los domicilios de los prestadores del servicio, establecimientos, rutas, base de servicio, terminales, cierres de circuitos, centros de transferencia modal, en el lugar donde se encuentre prestando el servicio.

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